Seguimos avanzando en el cumplimiento de nuestro programa de transparencia. Hoy el Gobierno Municipal ha aprobado el proyecto de reglamento de la Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción. A continuación queda abierto un plazo de 15 días para que los grupos municipales puedan realizar alegaciones. El dictamen deberá ser aprobado posteriormente en la Comisión de Economía, antes de elevarlo a Pleno para su aprobación inicial.

Este texto es fruto de la participación, ya que se mantuvieron diferentes reuniones de trabajo con entidades sociales y colectivos ciudadanos para la elaboración del anteproyecto y posteriormente se ha sometido a consulta pública a través de la web municipal. La intención ahora es buscar el consenso de los grupos municipales para su aprobación.

Con la puesta en marcha de esta oficina queremos contribuir al control y la prevención del fraude y la corrupción en el ámbito municipal y ayudar a que la ciudadanía recupere la confianza en las instituciones públicas.

La Oficina Municipal contra el Fraude y la Corrupción se plantea como un órgano independiente, con autonomía funcional, que dependerá del Pleno y que actuará sobre todo el Ayuntamiento, incluidos los organismos autónomos y sociedades municipales.

Su función será la de alertar e investigar el uso ilícito de fondos públicos, las situaciones de incompatibilidad y conflictos de intereses o los casos en los que haya un aprovechamiento privado de información Además tendrá una función preventiva, evaluando áreas de riesgo e impulsando códigos de buenas prácticas que fomenten la ética pública, la transparencia y la integridad de cargos y empleados públicos.

La oficina sería la encargada de gestionar el Registro de declaraciones patrimoniales y de actividades, pudiendo investigar los incrementos de patrimonio de los cargos públicos con informe motivado que lo justifique. También gestionaría el nuevo Registro de lobbistas y lobbies.

El proyecto de reglamento aprobado recoge que al frente de ella habrá un director o directora, que deberá ser una persona de reconocida trayectoria democrática y de prestigio y que no podrá estar afiliada a ningún partido político, sindicato o asociación empresarial. El nombramiento será propuesto por el Gobierno y aprobado por tres quintas partes del Pleno.

El director o directora contará con el apoyo de un Consejo Asesor, compuesto por un máximo de cinco vocales designados por mayoría de tres quintos del Consejo de la Ciudad entre personas de reconocida trayectoria en la lucha contra la corrupción. Además, para su funcionamiento la oficina dispondrá de personal funcionario seleccionado mediante el sistema de concurso de mérito específico.

El texto recoge que el director de la oficina podrá abrir una investigación de oficio o porque se lo solicite el Pleno (a propuesta de una comisión plenaria, del alcalde o como consecuencia de una comisión de investigación). Actuará por iniciativa propia cuando al analizar áreas de riesgo considere que hay que realizar una inspección o cuando haya una denuncia externa que, tras ser estudiada, presente indicios razonables de veracidad.

En este sentido, el proyecto de reglamento contempla que cualquier persona podrá dirigirse a la oficina para comunicar presuntas prácticas fraudulentas, conductas ilegales o corrupción. Se preservará su confidencialidad y la de las actuaciones que denuncie mediante la aplicación del estatuto del denunciante de buena fe. En este sentido, no se admitirán denuncias anónimas. Cuando concluya su investigación el director de la oficina informará al órgano competente para que adopte medidas. En caso de que haya presuntas conductas delictivas, lo comunicará al fiscal o a la autoridad judicial.

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