La formación ha presentado una proposición normativa para reformar el Reglamento de Orgánico Municipal y que las entidades sociales, vecinales, colectivos y ciudadanía en general pueda participar en el Pleno de forma telemática 

Zaragoza, 9 de febrero de 2022.- El grupo municipal de Zaragoza en Común en el Ayuntamiento de Zaragoza ha presentado una proposición normativa para modificar el Reglamento Orgánico Municpal , el texto que regula las intervenciones de las entidades ciudadanas inscritas en el registro municipal, que pueden participar en los Plenos del Ayuntamiento para exponer sus propuestas y denuncias, de igual modo que puede hacerlo la ciudadanía en general, sin pertenecer a una asociación concreta, en este caso realizando su intervención a final de la sesión. Esta modificación planteada por Zaragoza en Común abrirá la puerta a que estas intervenciones se realicen de forma telemática.

Se trata de la reforma de los Artículos 80 y 56 del Reglamento municipal, aquellos que establecen los modos de intervención de la ciudadanía en las sesiones plenarias. En la legislatura actual, la pandemia obligó durante unos meses a que estas intervenciones se realizarán de forma telemática pero tras las últimas olas en las que la incidencia vuelve a ser menor este sistema ya no está previsto para que las entidades puedan participar sin asistir presencialmente a las sesiones. De este modo se cierra una vía de participación ciudadana “que debe continuar, acorde con los tiempos”, ha expresado el portavoz de la formación, Pedro Santisteve.

Las intervenciones de forma telemática “permiten una mayor flexibilidad” para las entidades y más opciones de conciliación con la vida social y laboral en el caso de la ciudadanía en general. “No se entendería que no pudieran intervenir a través de esta vía en pandemia y unos meses después se les deniegue esta opción”, ha concluido.

Según el artículo 213 del reglamento, una vez presentada la proposición con su exposición de motivos y antecedentes ante la Junta de Gobierno Local se someterá a informe jurídico y, en su caso, a informe técnico y económico, por plazo de treinta días.

La proposición, junto con los informes y una valoración sobre la oportunidad y procedencia de la iniciativa normativa efectuada por la propia Junta de Gobierno Local, serán remitidos al Secretario General del Pleno para su tramitación en la Comisión Plenaria competente, conforme a lo establecido en el capítulo anterior.

Las sugerencias y reclamaciones que, en su caso, se produzcan en el periodo de audiencia e información pública serán valoradas por la Comisión del Pleno competente, a los efectos de mantener o modificar el texto normativo en su dictamen.

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